Citas anteriores para la jura de nacionalidad por internet: Todas las novedades, en nuestro .
Nuestra firma de abogados se identifica por estar enfocada y especializada en derecho administrativo y extranjería ofreciendo servicio para toda España.
La firma es famosa por su larga experiencia en la tramitación telemática de peticiones de Nacionalidad De España, por la aceleración de expedientes de nacionalidad, por la interposición de recursos contenciosos ante la Audiencia Nacional contra denegaciones de nacionalidad y también por la gestión de autorizaciones de residencia para inversores por el procedimiento rápido de la Ley de emprendedores.
CARTA DE SERVICIOS PROFESIONALES DETALLADA:
EXTRANJERÍA Y NACIONALIDAD ESPAÑOLA:
Agilización del expediente de nacionalidad Española con el Recurso Contencioso en la Audiencia Nacional.
Recursos contenciosos frente a denegaciones de recursos administrativos ya presentados.
Interposición de recursos de reposición y de Alzada en frente de denegaciones.
Trámites para inversores, profesionales enormemente cualificados y familiares de éstos.
Proyectos de inversión y planes de negocio para extranjeros.
renovaciones o bien prórrogas de vivienda.
Trámites de residencia de familiar comunitario.
Autorización inicial de estancia por estudios. cita previa para tarjeta de residencia
Alegaciones y medidas cautelares en frente de órdenes de expulsión.
CARTA DE SERVICIOS PROFESIONALES DETALLADA:
EXTRANJERÍA Y NACIONALIDAD ESPAÑOLA:
Agilización del expediente de nacionalidad Española con el Recurso Contencioso en la Audiencia Nacional.
Recursos contenciosos en frente de denegaciones de recursos administrativos ya presentados.
Interposición de recursos de reposición y de Alzada en frente de denegaciones.
Trámites para inversores, profesionales enormemente cualificados y familiares de éstos.
Proyectos de inversión y planes de negocio para extranjeros.
renovaciones o prórrogas de residencia.
Trámites de residencia de familiar comunitario.
Autorización inicial de estancia por estudios.
Alegaciones y medidas cautelares frente a órdenes de expulsión.
DERECHO ADMINISTRATIVO:
Expedientes expropiatorios.
Expedientes de inspección laboral.
Incumplimiento contratos del sector público.
Impagos de Ayuntamientos: Procedimiento veloz abreviado.
Asesoramiento y redacción de proyectos y planes urbanísticos.
Expedientes por responsabilidad patrimonial en reclamación de indemnizaciones a la Administración Pública por Daños y Perjuicios.
Asesoramiento y seguimiento de expedientes disciplinarios.
Revisión de valores catastrales, impugnación de comunicaciones de valores.
Asesoramiento en materia de licencias de actividad y precinto de establecimientos.
Recursos contra denegaciones de incapacidades laborales de funcionarios.
Recursos contra sanciones por emisiones contaminantes.
Negligencias médicas ICS.
Expedientes sancionadores por incumplimiento de normativa municipal.
Expedientes expropiatorios.
Expedientes de inspección laboral.
Incumplimiento contratos del campo público.
Impagos de Ayuntamientos: Procedimiento rápido abreviado.
Asesoramiento y redacción de proyectos y planes urbanísticos.
Expedientes por responsabilidad patrimonial en reclamación de indemnizaciones a la Administración Pública por Daños y Perjuicios.
Asesoramiento y seguimiento de expedientes disciplinarios.
Revisión de valores catastrales, impugnación de ponencias de valores.
Asesoramiento en materia de licencias de actividad y precinto de establecimientos.
Recursos contra denegaciones de incapacidades laborales de funcionarios.
Recursos contra sanciones por emisiones contaminantes.
Negligencias médicas ICS.
Expedientes sancionadores por incumplimiento de normativa municipal.
DERECHO CIVIL:
Divorcios contenciosos o bien de acuerdo mutuo.
Litigación civil por lo general.
Lindes y acciones reivindicatorias.
Herencias-Donaciones.
Reclamaciones de deudas comunidades de dueños.
Procedimientos monitorios.
Reclamaciones por Daños y Perjuicios.
Divorcios contenciosos o de mutuo acuerdo.
Litigación civil normalmente.
Lindes y acciones reivindicatorias.
Herencias-Donaciones.
Reclamaciones de deudas comunidades de propietarios.
Procedimientos monitorios.
Reclamaciones por Daños y Perjuicios.
DERECHO PENAL:
Delitos urbanísticos y medio-ambiente.
Alcoholemias.
Interposición de todo tipo de querellas y denuncias.
Estafas y falsedad documental.
Apropiaciones incorrectas en comunidades de propietarios.
Delitos de Injurias.
Acoso-daños-lesiones.
Delitos leves.
Delitos urbanísticos y medio-entorno.
Alcoholemias.
Interposición de todo género de demandas y demandas.
Estafas y falsedad documental.
Apropiaciones indebidas en comunidades de propietarios.
Delitos de Injurias.
Acoso-daños-lesiones.
Delitos leves.
Citas anteriores para la jura de nacionalidad
Tras la aguardada concesión de nacionalidad, el ciudadano dispone de un plazo de 180 días desde la notificación de la resolución para poder realizar la Jura ante el Registro Civil de la localidad donde se encuentra empadronado en ese instante. Ahora bien, es esencial aclarar cómo se computa dicho plazo, pues muchos, piensan que este plazo no se interrumpe con la solicitud de cita para realizar la Jura y ello genera hoy cierta inseguridad jurídica, pues en registros civiles como el de Barcelona, están asignando citas para la jura ahora para noviembre/diciembre dos mil veinte según nos informan (sobrepasando de este modo el plazo de ciento ochenta días).
Pues bien, el plazo se inicia en el momento en que se acusa recibo de la notificación de la resolución o desde el momento en que la resolución notificada se comprende rechazada (por no aceptar la notificación), instante en que comienza a contar el plazo. Este término se interrumpirá en el momento de pedir la cita para la Jura, pues en ese momento ya no está a cargo del interesado que se cumpla el plazo de ciento ochenta días. En un caso así, siempre y en toda circunstancia aconsejamos pedir por escrito la asignación de la cita, puesto que de lo contrario el ciudadano se puede encontrar con problemas futuros y caducar el expediente de nacionalidad.
El inconveniente actual de colapso en muchos registros civiles está servido, por esta razón, muchos ciudadanos optan por empadronarse en municipios pequeños puesto que en esos registros civiles, el volumen de trabajo en relación con los expedientes de nacionalidad es menor, y el plazo de asignación de cita, si no inmediato es en poco tiempo. Ahora bien, puesto que en algunos registros han apreciado un aumento excesivo de empadronados, están solicitando un periodo mínimo de empadronamiento para poder pedir cita para la Jura (cada registro establece sus reglas). Por este motivo, ya antes de empadronarse, es recomendable contactar con el Registro Civil para consultar por las citas y los requisitos que solicitan.
En cuanto a la solicitud de cita anterior para la jura, en la mayoría de Registros se debe realizar presencialmente por la persona interesada o su representante, aportando la resolución de concesión de nacionalidad y el acuse de recibo. Sin embargo, se está implementando desde hace meses el sistema de petición de cita previa para juras de nacionalidad mediante internet.
A continuación les mostramos algunos ejemplos de las Comunidades Autonomas donde se puede solicitar cita anterior para la jura por internet: Madrid, Andalucía, Catalunya y Valencia:
Madrid:
Tienen un sistema de petición de cita previa, al que pueden acceder en este link:
Andalucía:
Registros Civiles disponibles para pedir la cita previa por internet:
- Registro Civil de Granada.
- Registro Civil de Cádiz.
- Registro Civil de Málaga.
En Catalunya
Está previsto que progresivamente se vaya impalntando en todos los registros civiles posibles, estando en principio en funcionamiento los próximos registros civiles:
- Registro Civil de Girona
- Registro Civil de Lleida.
- Registro Civil de l’Hospitalet de Llobregat.
- Registro Civil de Mataró (para este registro nos confirman que hay que asistir en persona para solicitar la cita para la jura).
- Registro Civil de Granollers.
- Registro Civil de Tortosa.
Para poder pedir vez, hay que acceder a este enlace:
En Valencia:
Requisitos para la Jura y documentación necesaria:
En cuanto a los requisitos personales para la jura, cada registro civil tiene sus particularidades (cosa que desde siempre y en toda circunstancia venimos rechazando, mas en términos generales va a haber que tener en consideración lo siguiente para la Jura:
· Mayores de dieciocho años. Debe comparecer para hacer el juramento el promotor del expediente de nacionalidad.
· Menores (mayor de catorce años y menor de dieciocho años). Deben comparecer para hacer el juramento: el menor (entre 14 y dieciocho años) y los dos progenitores. En caso de que uno de los progenitores radique en el extranjero se debe aportar el día de la cita anterior un poder notarial especial para este trámite del progenitor ausente.
· Menores de 14 años. Solo comparecerán padres (con el NIE original de los tres). En el caso de que uno de los progenitores radique en el extranjero hay que aportar el día de la cita previa un poder notarial singular para este trámite del progenitor ausente.
Los documentos necesarios para la jura son los siguientes:
1. En las juras tramitadas en el Registro Civil:
· Número de expediente tramitado en el Registro Civil
· Nombre y apellido de la persona solicitante
· NIE en vigor
· En los casos en que el solicitante solo tenga un apellido, debe aportar los certificados de nacimiento o matrimonio de los padres.
2. Expedientes de nacionalidad que se han gestionado telemáticamente:
El solicitante debe comprobar y también imprimir la concesión de la nacionalidad y aportarla el día de la cita previa en el Registro Civil.
En aquellos casos en que el solicitante solo tenga un apellido, debe aportar los certificados de nacimiento o matrimonio de los progenitores.
NIE en vigor (si está caducado, entendemos no es culpa del solicitante por lo que deberían efectuar el trámite del mismo modo).
Certificado textual de nacimiento (se puede aportar el certificado presentado en la petición telemática de la nacionalidad).
Certificado de empadronamiento actual
Certificado de antecedentes penales (se puede aportar el certificado presentado en la petición telemática de la nacionalidad).
NIE en vigor (si está caducado, comprendemos no es culpa del demandante por lo que deberían efectuar el trámite del mismo modo).
Certificado literal de nacimiento (se puede aportar el certificado presentado en la petición telemática de la nacionalidad).
Certificado de empadronamiento actual
Certificado de antecedentes penales (se puede aportar el certificado presentado en la petición telemática de la nacionalidad).
Por último apuntar que en estos días, debido a la situación de alarma, los Registros Civiles han anulado las citas para la Jura, con lo que aguardamos que próximamente anuncien que medidas van a adoptar al respecto.
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