(Esta guía se actualizará de forma continua dependiendo de la sucesión de sucesos en el estado de alarma) (Última actualización: jueves 23 de abril de 2020)
Preguntas Frecuentes sobre mi situación como extranjero/a en España a lo largo del estado de alarma:
En SJM hemos preparado este breve recopilatorio de preguntas y respuestas en el que procuramos proponer y resolver dudas y cuestiones que pueden surgir a personas migrantes y demandantes de asilo a lo largo de los días en los que se ha decretado el estado de alarma en España. En este periodo las administraciones públicas han cerrado sus puertas y suspendido la mayoría de los trámites presenciales. En este documento pretendemos dar respuesta a algunas de las preguntas que pueden surgir en este contexto.
La atención personal en las distintas urbes en las que están presentes hasta nuevo aviso. No obstante, durante este periodo surgen muchos interrogantes que demandan información y tranquilidad.
¿Hasta cuándo está previsto que dure el estado de alarma en España?
El día pasado catorce de marzo el Gobierno de España decretó el estado de alarma durante un plazo de quince días naturales, hasta el veintinueve de marzo. No obstante, el Gobierno ha propuesto al Congreso de los Diputados consecutivas ampliaciones del estado de alarma por 15 días adicionales y el pasado 22 de abril el Congreso aprobó la última. Por lo tanto, la situación de estado de alarma queda ampliada hasta el diez de mayo.
El Gobierno puede ampliar de nuevo el estado de alarma si estima que las circunstancias que dieron sitio a su declaración inicial persisten, y si el Congreso de los Diputados se lo autoriza. En consecuencia, no sabemos con certidumbre hasta cuándo va a durar.
1. TRÁMITES DE EXTRANJERÍA
Tengo que realizar un trámite de extranjería frente a la Administración en estos días. ¿Puedo acudir? ¿Y si tenía una cita para ello pedida desde hace ya un tiempo?
Lamentablemente todas y cada una de las Administraciones que realizan trámites reportajes de extranjería y protección internacional han cerrado las atenciones presenciales, salvo casos previstos expresamente y excepcionales, durante la vigencia de la actual situación de estado de alarma.
Por lo tanto, todas y cada una de las citas anteriormente acordadas han sido canceladas. Si el trámite que tienes que hacer es necesariamente presencial, como puede ser asistir a efectuar el trámite de huellas de tu tarjeta de vivienda o bien del documento identificativo como solicitante de protección internacional- asilo- o bien a realizar la entrevista o segunda entrevista de protección internacional, deberás prestar atención a lograr una nueva cita cuando finalice el estado de alarma.
No tenemos certidumbre sobre exactamente de qué manera va a marchar respecto al sistema de citas la oficina de extranjería de tu provincia de residencia una vez finalice el estado de alarma.
En cualquier caso, si la cita la pediste tú, es posible que recibas un mensaje de móvil (SMS) o un e mail (en la dirección de correo que facilitaste) por la parte de la Oficina de Extranjería dándote una nueva cita. Si esto no ocurre, pues deberás solicitar una nueva cita por tu cuenta.
Si la cita te la pidió un amigo/a, abogado/a o bien trabajador/a social, pídele que te informe si recibe tu cita por correo o móvil (SMS).
Además, recuerda que con la declaración del estado de alarma la circulación por los espacios públicos está limitada a causas inusuales y lo mejor es que te quedes en casa o en el centro de acogida/ centro de migraciones donde actualmente resides.
Pero, la documentación que iba a presentar en mi cita, como el certificado de antecedentes penales de mi país, me caduca en las próximas semanas…
La Administración reconocerá como válidos los documentos que hayan caducado a lo largo del actual estado de alarma, conque aun de esta manera podrás aportarlos. Si te da más calma dejarlo presentado mientras que se halla en período de valía, siempre puedes decantarse por presentarlo por vía telemática (en internet) en los sitios oficiales que explicamos más adelante.
Tengo un procedimiento de extranjería pendiente de solucionar, ¿Me podrían contestar durante el estado de alarma?
Las instrucciones que ha dado la Administración a los funcionarios de extranjería es solucionar los expedientes que no precisen de trámites posteriores (como, por servirnos de un ejemplo, requerimientos) y que vayan a resolver propiciamente. Así que, si tu expediente está completo y cumple los requisitos, es posible que sí te respondan.
La oficina de extranjería me ha hecho un requerimiento y me han dado solo diez días de plazo para contestar, o, me ha rechazado una petición de extranjería y tengo un mes para recurrirlo, ¿lo debo responder ahora?
El gobierno central ha declarado, al unísono de declarar el estado de alarma, la suspensión de los plazos administrativos. Esto desea decir que los 15 días iniciales que dure el estado de alarma (y las ampliaciones del mismo) serán todos inhábiles y no van a contar en los plazos que tienes con la Administración. Considera tal y como si todos y cada uno de los días del estado de alarma fueran domingo. Una vez se declare la finalización del estado de alarma, volverán a contar los días hábiles.
Por ejemplo, si el día miércoles 11 de marzo te notificaron que tienes un plazo de diez días hábiles para presentar un documento, únicamente van a contar como días hábiles el 12 y trece de marzo. Desde entonces se encuentra paralizado el plazo. Si el estado de alarma finaliza ciertamente el 12 de abril, a partir de esa fecha te restarán 8 días hábiles de plazo para cumplir con lo requerido. Esto es, en este caso, hasta el miércoles veintidos de abril.
Tengo la tarjeta de vivienda caducada. ¿Su validez se prorroga de forma automática con la declaración del estado de alarma? ¿Con qué plazo cuento para renovarla?
La normativa de extranjería establece como norma general que tienes de plazo hasta 90 días naturales- tres meses- después de la caducidad de tu tarjeta de vivienda para pedir su renovación. Si no lo haces, pasas a estar en situación irregular en España.
La Administración no ha aclarado que la vigencia de los permisos de residencia quede extendida, con lo que no podemos aceptar que así sea.
Por lo que, si sabes o bien prevés que el plazo de 90 días para renovar tu permiso de vivienda van a transcurrir a lo largo del tiempo de estado de alarma, intenta presentar la renovación a través de medios electrónicos. Esto lo puedes hacerlo tú mismo o por medio de alguien que te represente y tenga un certificado digital para presentarlo por internet, a través del o bien la .
Las oficinas de extranjería están ya dispuestas para esta situación. Considerarán la petición de renovación presentada y, si bien le falten documentos, pedirán la subsanación sin que el plazo comience a contar hasta que concluya el estado de alarma.
Entonces… si estoy sin papeles y me encuentro con la policía en la calle, ¿me pueden detener? ¿pueden internarme en un Centro de Internamiento de Extranjeros- CIE- para procurar expulsarme a mi país?
La tendencia actual en los centros de internamiento de extranjeros es la decisión de adoptar medidas de puesta en libertad de los actuales internos por las contrariedades para ejecutar las repatriaciones a sus países de origen. No obstante, las leyes de extranjería siguen estando en vigor y no podemos asegurar que no vaya a haber o esté habiendo detenciones por no estar residiendo legalmente en España durante el tiempo del estado de alarma.
Por lo que, si estás pendiente de regular tu situación, es mejor que te quedes en casa preparando tu expediente y tu porvenir. Por tu seguridad, y por el hecho de que nuestras autoridades sanitarias nos lo piden para procurar eludir la propagación de la enfermedad. cita previa de nie /p>
¿Qué puedo hacer si soy víctima de un delito en este periodo de estado de alarma?
A pesar de la situación inusual, las leyes penales españolas continúan absolutamente en vigor. Si eres víctima de un delito, puedes llamar al teléfono urgencia- 112- de emergencia policial- noventa y uno- o bien de guardia civil- sesenta y dos- y te señalarán de qué manera actuar. Si prefieres no emplear la vía telefónica, por problemas de idioma o de otra clase, puedes desplazarte a una comisaría de policía o guarda civil próxima, que están todas abiertas al público para demandas.
También te recordamos que los servicios de apoyo y denuncia para víctimas de violencia de género continúan funcionando. Puedes llamar al 016 durante las veinticuatro horas del día, donde te pueden aconsejar hasta en cincuenta y dos idiomas. Halla .
Recuerda que no vas a ser sancionada por estar en la calle si has salido de tu casa o bien centro de acogida debido a una situación de urgencia y con el objetivo de dirigirte a las autoridades a denunciar la situación.
Estoy de visita en España y no voy a poder volver a mi país hasta el momento en que concluya la urgencia sanitaria. Después de los 90 días a los que estoy en mi derecho a estar en España, ¿estaré en situación irregular?
No. La Administración ha extendido el plazo de tu estancia legal en España si no puedes regresar debido a la emergencia sanitaria. Por lo que, por lo menos en el tiempo que dure la declaración del estado de alarma en España, y asimismo mientras tu país no deje la llegada de personas provenientes de España, estarás en situación regular en España.
Estoy en el sistema de acogida del Programa de Atención Humanitaria a Inmigrantes (PAHI), ¿hay posibilidades que pierda mi plaza durante el estado de alarma?
En principio, no deberían tramitarse bajas del sistema de acogida mientras dure el estado de alarma en España. Además, para colectivos vulnerables puede pedirse una prórroga de la plaza de acogida. En su caso, háblalo con el/la profesional de referencia (trabajador o educador social) del programa.
2. PERSONAS DEMANDANTES / O bien CON VOLUNTAD DE PEDIR PROTECCIÓN INTERNACIONAL (O bien ASILO)
Estoy en España y deseo pedir asilo, ¿de qué forma puedo hacerlo?
La petición de asilo, o bien protección internacional, se realiza a través de un trámite presencial como es la entrevista de asilo. Hoy día esas entrevistas, como la asignación de citas para hacer esas entrevistas, se encuentran suspendidas. Procura averiguar cómo funciona el sistema de citas para solicitar asilo en tu urbe o bien provincia de residencia para realizarlo inmediatamente después del alzamiento del estado de alarma.
Si ya tienes una cita para la entrevista de asilo y te encuentras en la frontera, CIE o bien aeropuerto habla con tu abogado/a de referencia puesto que posiblemente el procedimiento de tu petición asilo se haga por el procedimiento de territorio lo que en algunos casos podría beneficiarte.
Pero soy solicitante de asilo y mi tarjeta roja está muy cercana a caducar. ¿Puedo continuar percibiendo ayudas del sistema de acogida?
Sí. La Administración responsable ya ha previsto esta situación y considerará tu documentación temporalmente válida a pesar de estar caducada. Comenta los detalles con los técnicos de tu centro de acogida u O.N.G. de referencia en el sistema de acogida.
Aún no he efectuado la entrevista de formalización de solicitud de protección internacional, mas ¿podría pedir acceso al programa de protección internacional?
Sí, puedes. Háblalo con el trabajador social de referencia del programa PAHI o bien de la fase de acogida del programa de protección internacional.
Estoy en el sistema de acogida para solicitantes de protección internacional, ¿hay posibilidades que pierda mi plaza durante el estado de alarma?
No se gestionará ninguna baja del sistema de acogida mientras que dure el estado de alarma en España. Si te hallas en la primera fase y va a terminar sin que tengas opción alternativa habitacional, se te solicitará una prórroga de un mes o hasta que concluya el estado de alarma.
Quiero viajar a España en estos días, ¿es posible?
Debido a la situación de urgencia sanitaria, España ha reforzado su control fronterizo. Desde el pasado 17 de marzo y hasta el próximo día 11 de abril (), las fronteras de España con otros estados de la UE- Portugal y Francia- también están sujetas a controles policiales de acceso. En principio, si eres residente legal en España, o trabajador(a) transfronterizo, vas a poder acceder.
Si no tienes una autorización de residencia en España, es realmente posible que no te dejen acceder en los controles reportajes, tanto de las fronteras interiores con la Unión Europea, como en la frontera entre España y Marruecos.
Si te impiden el acceso a territorio de España, recuerda que puedes pedir que te notifiquen por escrito los motivos para el impedimento, así como la posibilidad de tener asistencia letrada gratis e intérprete, si lo necesitas.
Si deseas entrar en España pues tu vida o integridad física corren riesgo en tu país de origen o bien en el país en el que estás, logra el contacto de alguna asociación, ONG o bien abogado/a que esté en España – preferiblemente en la urbe a la que quieras entrar – para que te indique cómo proceder.
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